viernes, 11 de febrero de 2011

Sectas en momentos de crisis

“La crisis económica nos hace más vulnerables a las sectas”



La problemática de las sectas sigue estando vigente, pese a que pudiera parecer que fue un tema más propio del pasado cambio de milenio. Las incertidumbres abiertas sobre la crisis económica actual hacen que muchos ciudadanos pudieran buscar un consuelo fácil y rápido en grupos que practican peligrosas técnicas de control mental. Caso Siete ha podido hablar con uno de los mayores expertos del país en dinámicas sectarias.
A la hora de enfocar el problema, se hace necesario definirlo de una manera apropiada; y esto, en sí mismo, es otro problema, ya que se corre el riesgo de meter en el mismo saco a todo tipo de grupos, ya sean éstos religiosos, sociales o terapéuticos. José Miguel Cuevas, profesor de Psicología Social de la Universidad de Málaga y experto en dependencias grupales, intenta acotar la terminología empleada: “Prefiero no utilizar el término ‘secta’ en solitario, ya que suele equipararse a otros grupos sociales. Tampoco me gusta el término ‘Nuevos Movimientos Religiosos’. Prefiero hablar de Secta Destructiva (SD) o ‘Grupos de manipulación psicológica’”.
No es fácil delimitar qué clase de grupos podrían entrar dentro de esta categoría ya que, tal y como manifiesta Cuevas, “la manipulación psicológica se puede dar en cualquier grupo social, en una pareja, por ejemplo”. El problema surge cuando estas técnicas se emplean de forma muy exagerada y sistemática. “Yo he descrito hasta 18 técnicas de manipulación, propias de las SD: el castigo, la hipnosis…En estos grupos, estas técnicas se dan de una manera muy concreta. Para valorar el grado de manipulación de una persona, aplico también una entrevista de 66 preguntas, que está en mi libro Sectas: Cómo funcionan, cómo son sus líderes, efectos destructivos y cómo combatirlas” aclara el psicólogo.
Cadáver de Maharishi Mahes, impulsor de la Meditación Trascendental, expuesto ante sus fieles / Caso Siete
El hecho de determinar si una secta es peligrosa exige, en cierta manera, el ejercicio de una labor detectivesca por parte del experto. “En principio si a mi me viene solo una persona acusando a una secta, eso no me dice nada. Si ya me vienen cuatro o cinco personas, ya la cosa cambia. Además, hay que valorar otras cosas, como que la persona no persiga ningún interés. Hay que hacer un peritaje que sea objetivo para evitar que el problema se trate realmente de una simple percepción por parte de la persona afirma ser víctima del abuso” revela Cuevas.
Sin embargo, se hace necesario el uso de una herramienta estándar que permitiera establecer objetivamente cuando se ha producido un episodio de manipulación psicológica por parte de un grupo. Esta herramienta existe y está plenamente validada en España, según nuestro entrevistado. Se trata de la Escala de Abuso Psicológico, elaborada por la profesora Carmen Almendros. El experto afirma que para dilucidar la realidad de problema, suele emplear dicha escala y una entrevista de 66 preguntas elaborada por él mismo.
Perfil del sectario
Sobre la forma en que una persona llega a formar parte de una SD se hace necesario subrayar que no hay un perfil único de adepto y que puede afectar a cualquier persona, incluyendo, al contrario de lo que se suele pensar, a personas de cierto nivel cultural, licenciados universitarios, etc…Muchas veces el adepto potencial está pasando por una situación de crisis emocional, sentimental o laboral económica: el fallecimiento de un ser querido, una ruptura matrimonia, falta de dinero o falta de expectativas de trabajo.
A esto hay que sumar que la persona entra en contacto con estos grupos de una forma muy sutil, casi sin darse cuenta, generalmente, para realizar algún curso o actividad aparentemente inocua, y al final se cae en una dependencia. “Da la impresión de que la persona entre voluntariamente a la secta y eso no es verdad” sentencia Cuevas.
Sobre el perfil del líder sectario, “aunque hay de todo, caraduras y convencidos de su doctrina”, el psicólogo no duda en establecer tres aspectos que se suelen dar en su personalidad: “suelen ser narcisistas, con comportamiento paranoide y antisociales”.
Nuestro Código Penal prohíbe las asociaciones que ven en contra de otros grupos por razón de su raza o sexo, como sería el caso del Ku Klux Klan / Caso Siete
Narcisista porque “cree que puede abusar de los demás”. Busca la “veneración del maestro”.Antisocial porque “construye un submundo propio que entra en contraposición con los de la sociedad”. En este ámbito se emplea el discurso del “ellos contra nosotros” en el que se acusa al resto del mundo de ser materialista, egoísta, etc…Según el entrevistado “los sectarios suelen emplear una terminología concreta para referirse a los demás. En el caso de los Hare Krishna, llaman ‘karmis’ a los no adeptos”. Este término hace referencia a los que son cautivos de sus malos actos o su karma. “Esta es una forma de actuar muy propia de los grupos piramidales de venta”.
Y son antisociales porque “el líder nunca va a mirar por ti, solo por sus intereses personales, aunque inicialmente parezca lo contrario”.
Problemas jurídicos
Dado que es posible establecer, de forma objetiva, el abuso grupal, se hace necesario que las autoridades policiales y judiciales se impliquen en este asunto, algo, que a juicio de nuestro interlocutor, forma parte del problema.
Así, considera que “puede haber falta de motivaciones por parte de  las autoridades. No existen unas normas de seguridad para tratar este tema. En Europa no existe un observatorio para vigilar estas dinámicas sectarias”.
El problema en España es a nivel jurídico; no existe jurisprudencia sobre grupos sectarios. Los juicios a las sectas no suelen ser por asociación ilícita, generalmente se producen cuando se cometen actos delictivos muy concretos como estafa, delitos sexuales o agresiones. Demostrar que ha habido manipulación psicológica, ante un tribunal, es muy complicado.
Sin embargo, en breve, podría haber en nuestro país un antes y un después si prospera la iniciativa impulsada por la Fiscalía en relación a la secta conocida como Casa Yoga, afincada en Granada. “Aquí ahora parece que dos fiscales, de Granada y Alicante, se han animado a ello . Vamos a intentar aplicar el artículo 515 del Código Penal, que hasta ahora solo se utilizaba con otros grupos como los terroristas. En este caso, la Fiscalía ha visto mi informe y la cosa parece que está yendo bien. Espero que el juez sea comprensivo en este asunto” considera.
El citado artículo 515, en su apartado 3, establece como asociaciones ilícitas, “las que, aún teniendo por objeto un fin lícito, empleen medios violentos o de alteración o control de la personalidad para su consecución”. Las penas contempladas para los fundadores de estos grupos pueden variar entre 2 y 4 años de prisión, y entre 1 y 3 para sus miembros activos.
“En estos casos, siempre tenemos que lidiar con una cuestión fundamental, que es el derecho a la libertad de culto. Con este pretexto, estos grupos muchas veces vulneran derechos fundamentales. Cuando los derechos religiosos chocan con los derechos sociales tenemos un problema” concluyó el experto.

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